La nueva normativa de comunicación audiovisual y cómo afectará al sector publicitario

La nueva normativa de comunicación audiovisual y cómo afectará al sector publicitario

La Secretaria de Estado de Telecomunicaciones ha presentado el anteproyecto de la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual, en la que se observan varias novedades para el sector de las agencias de publicidad, mismas que desde RK People se analizan.

La Ley actual, vigente desde 2010, dará paso a las modificaciones sustanciales que llegan con la nueva Ley, con repercusiones en el espectador y en la industria publicitaria ya que, entre las novedades, destaca que se eliminaría el límite de 12 minutos de publicidad por hora que rige actualmente y la extensión de las medidas aplicadas a plataformas OTT y redes sociales donde se comparten vídeos. La primera de las medidas favorece a las agencias y sus planes de medios ya que se puede insertar un anuncio en cualquier franja horaria indistintamente de los minutos que se hayan emitido hasta el momento.

Sin embargo, la eliminación de este límite de emisión no implica que no exista un control sobre ello, ya que este anteproyecto valora la posibilidad de crear dos franjas horarias: la que va desde las seis de la mañana hasta las seis de la tarde y en la cual se puede llegar hasta los 144 minutos de anuncios; y desde las seis de la tarde hasta las 12 de la noches. Aunque  que no es mucha la diferencia deben saber que dentro de este tiempo quedará excluido la autopromoción, los patrocinios, espacios promocionados de apoyo a la cultura, los relacionados con servicios públicos o de carácter benéfico y el emplazamiento.

A esto hay que añadir que se establecerá una nueva franja horaria infantil y además se deberá primar la emisión de contenido infantil entre las 7.30 de la mañana y las 9 horas en días laborables, mientras que fines de semana y festivos se establece entre las 7.30 y las 12 horas. Además, será obligatorio ofrecer el control parental y sistemas de verificación por edad para aquellas plataformas que ofrecen contenido a la carta y, además, se incluyen las redes sociales. Hasta el momento, el borrador no contempla la clasificación por edades ni distintivos audiovisuales que los identifique del resto de contenidos.

El grueso de la regulación se incluye en las plataformas sociales que, hasta el momento, no se había reglado hasta tal punto, como es que plataformas como YouTube deben velar porque no se comparta contenido que incite al odio, a la violencia, a actos terroristas o la discriminación; así como se establece que se debe incluir control parental, un sistema de verificación de edad y obligación de los usuarios que declaren si los vídeos que publican en dicha plataforma de videos compartidos, contienen publicidad.